Ley de Quiebra de la República Dominicana



Todo emprendedor al elaborar un plan de negocios se pregunta qué hacer en caso de que el negocio quiebre?. Cómo voy a enfrentar la crisis con los empleados? y de los deudores ni hablar. Que dolor de cabeza.!!

República Dominicana cuenta con una nueva legislación que apoya de cierto modo, el establecimiento de las inversiones privadas; estamos a nivel de los países Latinoamericanos que tienen sus normativas para estos casos especiales.



Me refiero a la Ley de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes (Ley de Quiebra No. 141-15); seguimos avanzando en la facilitación en el clima de negocios.

Esta Ley crea los procedimientos necesarios para que las empresas y las personas físicas que pasen por esta situación puedan:
  • Recurrir a una inspección para mantenerse operando.
  • Llegar a un punto de equilibrio con los entes afectados.
  • Liquidar  entre los acreedores todos los bienes que posea la empresa.

Alivio para los inversionistas locales y extranjeros; la vigencia de la Ley de Quiebra supone:

Permanencia de grandes, medianas o pequeñas empresas
  • Los empleos se mantendrán
  • Protección a las inversiones
  • Estímulo a los emprendedores

La Ley de Quiebra garantiza los derechos de acreedores y empleados de las empresas con problemas financieros, garantizándoles un plan de reestructuración basada en lo legal.

La Ley de Quiebra establece un marco jurídico que se aplica a procedimientos con matices internacionales.


En hora buena, la aprobación de la nueva Ley por parte del Senado dominicano. 

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